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DECRETO Nº 061/2020
DECRETO Nº 061/2020.-
Firmat, 17 de junio de 2020.-
VISTO:
La potestad concedida a las Municipalidades por la Ley Provincial Nº 11856, y;
CONSIDERANDO:
Que la División Tránsito informa sobre la existencia de los vehículos identificados como Renault Clio, color gris, dominio CWC792, Acta de Infracción Nº 35868, remitido a depósito el 28-11-2017; Renault Clio, color gris, sin dominio, Acta de Infracción Nº 36949, remitido el 06-10-2018; Honda Biz, color verde, Dominio 279CDQ, Acta de Infracción Nº 35865, remitida el 27-10-2017; Guerrero Trip, color gris, dominio 210KQE, Acta de Infracción Nº 35503, remitida el 21-07-2017; Yamaha YBR, color azul, dominio 683ILB, Acta de Infracción Nº 35664, remitida el 13-09-2017; Guerrero Trip 110, color gris, sin dominio, Acta de Infracción Nº 34092, remitida el 27-09-2016;
Que obra informe elevado por el Ing. Químico Octavio Di Paolo y el Téc. en Higiene y Seg. Ind. Marcelo Cáceres, el cual especifica que la acumulación de estos vehículos constituye un foco infeccioso, de inseguridad y contaminación debido a las sustancias peligrosas que contienen, como así también un hábitat especial para la permanencia y proliferación de roedores, alacranes, etc.;
Que las unidades vehiculares en cuestión se encuentran en buen estado y aptas para su uso, previas las reparaciones que sean necesarias realizar;
Que, la ley 11856, específicamente en su art. 3.º, otorga a los Municipios la potestad de disponer administrativamente del vehículo; por lo cual resulta más provechoso, aún para su mantenimiento, la utilización de la unidad dentro de la estructura municipal; sin perjuicio de que eventualmente sea entregada a quienes justifiquen ser titulares de las mismas;
Que, consecuentemente, se formalizarán dos publicaciones en un medio local y en el boletín oficial de la Provincia de Santa Fe, otorgando un plazo de cinco (5) días para que los titulares y/o quienes se creyeran con derecho a las unidades en cuestión, regularicen la situación de las mismas y las retiren de la dependencia municipal donde se encuentran;
Por todo ello, el Intendente Municipal de Firmat en uso de sus facultades,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Otórguese un plazo de cinco (5) días, a los titulares y/o quienes se creyeran con derecho a las unidades vehiculares que se detallan a continuación, para que regularicen la situación de las mismas y las retiren de la dependencia municipal donde se encuentran.-
UNIDAD VEHICULAR:
ACTA DE INFRACCIÓN |
MOTOVEHÍCULO |
35865 |
Honda Biz, color verde, dominio 279CDQ |
35503 |
Guerrero Trip, color gris, dominio 210KQE |
35664 |
Yamaha YBR, color azul, dominio 683ILB |
34092 |
Guerrero Trip 110, color gris, sin dominio |
ACTA DE INFRACCIÓN |
VEHÍCULO AUTOMOTOR |
35868 |
Renault Clio , color gris, dominio CWC792 |
36949 |
Renault Clio, color gris, sin dominio |
ARTÍCULO 2º: Publíquese conforme se detalla en los considerando.
ARTICULO 3º: Expirado el tiempo establecido sin que sus titulares hayan ejercido sus derechos, se dispondrá la utilización dentro de la órbita de la Municipalidad de Firmat.
ARTICULO 4°: Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.-
FIRMADO: CPN Fabio Leonel Maximino – Intendente Municipal; CPN Gabriel Grivarello – Secretario General y de Control.-