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Abstención de cortes de servicios en caso de mora o falta de pago Decreto 311/2020

02/06/2020

Información de Firmat Gas 

A fin de garantizar los derechos contemplados en el Art. 42 de la Constitución Nacional respecto de los consumidores y usuarios de bienes y servicios en la relación de consumo, el Gobierno nacional ha decretado:
Las empresas prestadoras del servicio de gas por redes no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios en caso de mora o falta de pago de hasta 3 facturas consecutivas o alternas con vencimiento desde el 1º de marzo de 2020.
Para más información: www.firmatgas.com/reglamentaron-el-alcance-de-la-suspension-de-cortes-de...