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Pirotecnia: por una conducta responsable

30/12/2021

Respetemos las normas.
 
Se recuerda que está vigente la ordenanza N° 1549 que prohíbe la comercialización y uso de pirotecnia de efecto audible (bombas de estruendo, “petardos”, “rompe-portones”, etc.).
 
En consecuencia, sólo está permitida la comercialización y el uso de pirotecnia A 11 y B 3 de efecto lumínico (fuegos artificiales, cañas voladoras, estrellas etc.), en los locales de venta inscriptos en el Área Derecho de Registro e Inspección, de Municipalidad de Firmat.
 
En pos de la convivencia y el bienestar de personas y animales, respetemos las normas.
 
Tengamos presente que el uso de pirotecnia puede provocar, en el caso de las personas, amputaciones de miembros, pérdida de la vista, quemaduras graves, serios daños en los oídos de bebés y niños, y en algunos casos, la muerte.
 
En los animales de compañía, dada la sensibilidad auditiva de perros y gatos, los estruendos de las bombas y otros artefactos les generan un gran temor y ansiedad. Este hecho suele causar a su vez, huidas de sus hogares, por las sensaciones de confusión y desorientación que padecen.
 
Además, al intentar escapar de los estímulos sonoros intensos, nuestros perros y gatos pueden lesionarse severamente al estrellarse contra vidrios de puertas y ventanas u otros objetos, o provocarse la muerte por ahorcamiento en caso de estar atados con correas.
 
En estos festejos por las fiestas, cuidemos a cada ser que amamos. Evitemos el empleo de pirotecnia.